Hoy El Periódico publica la primera opinión conocida sobre
Catalunya de alguien con un cargo importante en la UE. Ha sido la comisaria europea de Justicia, Viviane Reding, quien ha asegurado que la
independencia de Catalunya no tiene por qué comportar su exclusión
de la Unión Europea.
Naturalmente no espere usted leer la noticia en los
periódicos de Madrid tan proclives a inventarse lo que opina Europa al
respecto. Manipulando.
Resulta que para estas cosas existe la Convención de
Viena y Reding ha negado que esta Convención especifique que un
estado nuevo resultante de otro estado europeo deba de abandonar los organismos
europeos de los que había formado parte cuando estaba integrado en su antiguo
país. ¡Toma ya!
Y por fin algunos medios empiezan a dejar las cosas claras.
Si a Catalunya se le traspasa la deuda pertinente también se le han de dar los
bienes o activos comprados con los impuestos pagados durante años. Si te paso
pasivos te paso también activos. No solo eso, sino que parte de los activos en
territorio no catalán también tendrían que ser cedidos en parte. O sea, déme
usted tres tanques, cuatro cazas, parte de La Moncloa y parte de la Zarzuela
(por decir algo), ya que he pagado el 20% de todos estos bienes a lo largo de la historia. Por lo tanto esto no es tan simplista como pasar la deuda al "secesionista" y ya está.
El Confidencial profundiza un poco en el tema y pregunta a varios
Catedráticos de Derecho Constitucional. Parece
ser que el Derecho Internacional regula la sucesión de Estados a través de
dos instrumentos, que se refieren a dos aspectos diferentes de la
cuestión: la responsabilidad del nuevo Estado en el cumplimiento de
las obligaciones derivadas de los tratados concluidos por el
Estado original, que se rige por la Convención de Viena de 1978, en vigor;
y la regulación de la sucesión en materia de bienes, archivos y deudas de
Estado, que se rige por la Convención de Viena de 1983, que no ha entrado
aún en vigor por falta de ratificación, debido a que es muy favorable con
respecto a los nuevos Estados segregados.
Xavier Rull, profesor de filología catalana en la Universidad Rovira
Virgili, afirma que si Cataluña es Estado español, todo lo
que éste invirtió en Cataluña debe pasar a su Estado sucesor, es decir, el
Estado catalán. El Estado español antiguo (el "Reino de España",
oficialmente) desaparece y surgen estados sucesores: Cataluña y el otro, aunque
el otro se llame igualmente España. Los dos Estados sucesores se reparten
activos y pasivos. Las inversiones del Estado en Cataluña pasan automáticamente
al Estado catalán sucesor por el simple hecho de que los ciudadanos de Cataluña
han pagado impuestos al Estado español hasta la fecha.
Vaya, vaya. Esto no tiene nada que ver con las
tonterías leídas hasta la
fecha. Claro que no leeréis nada de esto en El País, por ejemplo.
El que lo deja bien claro es Xavier Sala, Catedrático
de Economía en la Universidad de Columbia: "Sólo se habla de que Cataluña
sería co responsable de las deudas o los pasivos de España... Pero no de los
activos. En caso de división, supongo que la misma ley imaginaria que dice
que Cataluña debe hacerse responsable de su cuota de deuda, también dirá que
tiene derecho a su cuota de los activos. Entre esos activos, por ejemplo, hay
empresas públicas como AENA o Loterías del Estado, o propiedades como el
hipódromo de La Zarzuela, el museo del Prado o el Coto de Doñana. Lógicamente,
también están los bienes públicos que el Estado tiene en Cataluña",
sostiene en su blog.
"Finalmente, están los fondos de la Seguridad Social,
el oro que reside en las arcas del Banco de España, el Fondo Monetario
Internacional o las acciones que España tiene en el Banco Central Europeo. Si
España le pasa el 16% de la deuda a Cataluña, también le debería pasar el 16%
de todos esos activos, con lo que Cataluña podría venderlos inmediatamente y
recuperar una parte del dinero para reducir todavía más su deuda".
Por lo tanto queda claro que lo que escribí el otro día era
correcto.
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